Emisión de Licencias para Agentes Consignatarios

Emisión de Licencias para Agentes Consignatarios

Proceso de tramitación de las licencias para prestar servicios como Agente Consignatario de Buques, en los puertos bajo la Administración de la Autoridad Portuaria Dominicana.

Requisitos para solicitar el servicio:

  • Hacer una comunicación dirigida al Director de Autoridad Portuaria solicitando la licencia de consignatario de Buques.
  • Tener un capital suscrito y pagado no menor de RD$250,000.00
  • Copia registrada de los documentos constitutivos de la sociedad comercial(estatutos, nómina de accionistas, acta del consejo administrativo)
  • Copia de cedulas de identidad y electoral de los miembros u accionistas
  • Certificado de No Antecedentes Penales.
  • RNC de la Persona Jurídica.
  • Certificación de la DGII de constancia de los pagos al día de las obligaciones tributarias.
  • Copia certificada del acta de asamblea que autorice a determinada persona a tramitar la solicitud correspondiente.
  • Pago de RD$2,000.00 en un cheque certificado para cubrir gastos administrativos.(este pago se realiza en APORDOM )
  • Pago en un cheque certificado de RD$14,000.00 dirigido a Ministerio de Hacienda.
  • Presentar fianza de acuerdo a la escala siguiente:

    • Para operar en todos los puertos del país RD$ 1,200,000.00
    • Para operar en Distrito Nacional (Haina oriental y occidental ,santo domingo y Boca Chica RD$800,000.00
    • Para operar conjuntamente en: San Pedro De Macorís y La Romana RD$500,000.00
    • Para operar conjuntamente en: Barahona, Azua, Samaná, Manzanillo, Cabo Rojo RD$200,000.00

    Resolución No.47/96 Art.5, Párrafo II.

Procedimiento para adquirir el servicio

  • *Empresa Navieras (STTE):

    1. Realiza solicitud en sistema VUCERD con una comunicación dirigida al Director(a) Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Dominicana solicitando la Licencia, con los anexos correspondientes.
    2. Realiza el pago de la solicitud por concepto de gastos administrativos.
  • *Encargado(a) Legal / Director(a) Jurídica APORDOM:

    1. Recibe el expediente via sistema VUCERD, valida los aspectos legales y veracidad de los requisitos adjuntos en la solicitud.
      • Si la solicitud no cumple con algún requisito se le coloca la notificación al usuario para que complete la información requerida.
      • Si la solicitud cumple con los criterios legales realiza la aprobación de la solicitud como visto bueno de la validación realizada por la Direccion Jurídica.
      • Si la solicitud no cumple con los criterios legales, rechaza la solicitud especificando la justificacion legal con la cual la empresa no cumple.
  • *Director(a) Ejecutivo APORDOM:

    1. Recibe el expediente vía VUCERD, valida los aspectos legales y veracidad de los requisitos adjuntos en la solicitud.
    2. Somete el expediente al Consejo Administrativo para su evaluación quien toma la decisión final de otorgar o no licencia.
    3. Realiza aprobación de la solicitud en sistema VUCERD y adjunta resolución que aprueba por parte de la APORDOM la licencia de Agente Consignatario de Buques.
    4. Recibe resolución del Consejo Administrativo y adjunta a la solicitud para que sea visualizado por el Ministerio de Hacienda.
      • Si aprueban la solicitud pasa a la bandeja de aprobación del Ministerio de Hacienda.
      • Si rechaza la solicitud debe colocar justificación al usuario por la cual no fue aprobada.
  • *Dirección Jurídica – Eccargado/Abogado /Ministerio de Hacienda:

    1. Recibe a través de sistema VUCERD, el oficio emitido por la Autoridad Portuaria Dominicana, contentivo del acta de aprobación del Consejo Administrativo y del expediente de solicitud de licencia de manera electrónico, con los requisitos correspondientes:
      • Copia certificada por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, de los documentos constitutivos de la sociedad comercial (Estatutos Sociales, nómina de Accionistas, acta de Consejo de Administración) los cuales deberán estar conforme a la Ley Núm. 479-08 y sus modificaciones.
      • Copia del Certificado de Registro Mercantil vigente.
      • Copia de los documentos de identidad de los miembros del Consejo de Administración o de su Gerente.
      • Copia del Acta de inscripción en el Registro Nacional de Contribuyente.
      • Certificación expedida por la DGII mediante la cual se haga constar que está al día en el pago de sus obligaciones tributarias.
      • Copia certificada del acta de asamblea que autorice efectuar y tramitar la solicitud correspondiente.
      • Certificado de no antecedentes penales expedido por la Prouraduria General de la República, de los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad.
    2. Recibe, analiza y determina si el expediente cumple con los documentos legales requeridos.
    3. Emite aprobación vía sistema VUCERD.
  • *Encargado(a)/Abogados/Abogado-Ministerio de Hacienda:

    1. Recibe, analiza y determina si el expediente cumple con los documentos legales requeridos.
      • Recibe, analiza y determina si el expediente cumple con los documentos legales requeridos.
      • Si cumple con los documentos legales requeridos, prepara internamente la resolución a la firma del ministro que otorga la licencia para operar como Agente Consignatario de Buques.
      • Se elabora un oficio de remisión de la resolución será enviada a la Tesorería Nacional para su conocimiento.
    2. Valida si hay errores o comentarios y realizan las correcciones de lugar.
    3. Realiza aprobación en sistema VUCERD, para la validación de la Dirección Jurídica.
  • Director(a) Jurídica Ministerio de Hacienda:

    1. Valida la resolución y el oficio de remisión.
    2. Tramita en sistema interno la firma del Ministro.
    3. Ajunta en sistema la resolución firmada y el oficio de remisión de la Licencia para operar como Agente Consignatario de Buques por el Ministro de Hacienda y realiza aprobación en sistema.
    4. Nota: Finaliza solicitud via sistema.

  • Encargado(a) Sección de Registro/Sección de Registro Dirección General de Aduanas:

    1. Valida los documentos adjuntos a la solicitud de licencia de Agente Consignatario de Buques.
      • Nota: Si cumple con toda la documentación procede a realizar el registro de la Agencia en el sistema interno de la DGA.

Horarios:

  • Lunes - Viernes 8:00AM - 4:00PM

Costos:

  • Pago de RD$2,000.00 en un cheque certificado para cubrir gastos administrativos. Este pago se realiza en APORDOM.
  • Pago de RD$14,000.00 dirigido a Ministerio de Hacienda. Este pago se realiza en Hacienda.

Mas información

A quien va dirigido: Empresas Navieras.

Unidad responsable del Serrvicio: 

  • Empresas Navieras (STTE).
  • Encargado(a) Legal/Director(a) Jurídica APORDOM.
  • Director(a) Ejecutivo APORDOM.
  • Ministerio de Hacienda (Dirección Jurídica/Encargado(a) / Abogados.)
  • Encargado de Sección de Registro / Sección de Registro. Direccion General de Aduana. Consulta.

Personal responsable: Consejo Administrativo.

Base legal del servicio: Resolución No. 47-96.

Tiempo de entrega del servicio: 90 días (inicialmente en VUCERD).

Contactos: 

  • Tel: 809-373-1308 ext. 3003
  • Correo: dlogistica@portuaria.gob.do

Canales de prestación:

  • Presencial (Documento).
  • Electrónica (Información).
  • Telefónica (Información).

Información adicional: La duración del proceso dependerá de que la empresa tenga todos los documentos completos y actualizados según requisitos.

 
 
 
 
 
 

El sistema Protuario Nacional esta conformado por 12 recintos portuarios principales, de los cuáles seis están bajo administración y operación directa del Estado.