Emisión de Licencias para Agentes Consignatarios

Requisitos para solicitar el servicio:
- Hacer una comunicación dirigida al Director de Autoridad Portuaria solicitando la licencia de consignatario de Buques.
- Tener un capital suscrito y pagado no menor de RD$250,000.00
- Copia registrada de los documentos constitutivos de la sociedad comercial(estatutos, nómina de accionistas, acta del consejo administrativo)
- Copia de cedulas de identidad y electoral de los miembros u accionistas
- Certificado de No Antecedentes Penales.
- RNC de la Persona Jurídica.
- Certificación de la DGII de constancia de los pagos al día de las obligaciones tributarias.
- Copia certificada del acta de asamblea que autorice a determinada persona a tramitar la solicitud correspondiente.
- Pago de RD$2,000.00 en un cheque certificado para cubrir gastos administrativos.(este pago se realiza en APORDOM )
- Pago en un cheque certificado de RD$14,000.00 dirigido a Ministerio de Hacienda.
- Para operar en todos los puertos del país RD$ 1,200,000.00
- Para operar en Distrito Nacional (Haina oriental y occidental ,santo domingo y Boca Chica RD$800,000.00
- Para operar conjuntamente en: San Pedro De Macorís y La Romana RD$500,000.00
- Para operar conjuntamente en: Barahona, Azua, Samaná, Manzanillo, Cabo Rojo RD$200,000.00
Presentar fianza de acuerdo a la escala siguiente:
Resolución No.47/96 Art.5, Párrafo II.

Procedimiento para adquirir el servicio
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*Empresa Navieras (STTE):
- Realiza solicitud en sistema VUCERD con una comunicación dirigida al Director(a) Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Dominicana solicitando la Licencia, con los anexos correspondientes.
- Realiza el pago de la solicitud por concepto de gastos administrativos.
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*Encargado(a) Legal / Director(a) Jurídica APORDOM:
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Recibe el expediente via sistema VUCERD, valida los aspectos legales y veracidad de los requisitos adjuntos en la solicitud.
- Si la solicitud no cumple con algún requisito se le coloca la notificación al usuario para que complete la información requerida.
- Si la solicitud cumple con los criterios legales realiza la aprobación de la solicitud como visto bueno de la validación realizada por la Direccion Jurídica.
- Si la solicitud no cumple con los criterios legales, rechaza la solicitud especificando la justificacion legal con la cual la empresa no cumple.
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Recibe el expediente via sistema VUCERD, valida los aspectos legales y veracidad de los requisitos adjuntos en la solicitud.
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*Director(a) Ejecutivo APORDOM:
- Recibe el expediente vía VUCERD, valida los aspectos legales y veracidad de los requisitos adjuntos en la solicitud.
- Somete el expediente al Consejo Administrativo para su evaluación quien toma la decisión final de otorgar o no licencia.
- Realiza aprobación de la solicitud en sistema VUCERD y adjunta resolución que aprueba por parte de la APORDOM la licencia de Agente Consignatario de Buques.
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Recibe resolución del Consejo Administrativo y adjunta a la solicitud para que sea visualizado por el Ministerio de Hacienda.
- Si aprueban la solicitud pasa a la bandeja de aprobación del Ministerio de Hacienda.
- Si rechaza la solicitud debe colocar justificación al usuario por la cual no fue aprobada.
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*Dirección Jurídica – Eccargado/Abogado /Ministerio de Hacienda:
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Recibe a través de sistema VUCERD, el oficio emitido por la Autoridad Portuaria Dominicana, contentivo del acta de aprobación del Consejo Administrativo y del expediente de solicitud de licencia de manera electrónico, con los requisitos correspondientes:
- Copia certificada por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, de los documentos constitutivos de la sociedad comercial (Estatutos Sociales, nómina de Accionistas, acta de Consejo de Administración) los cuales deberán estar conforme a la Ley Núm. 479-08 y sus modificaciones.
- Copia del Certificado de Registro Mercantil vigente.
- Copia de los documentos de identidad de los miembros del Consejo de Administración o de su Gerente.
- Copia del Acta de inscripción en el Registro Nacional de Contribuyente.
- Certificación expedida por la DGII mediante la cual se haga constar que está al día en el pago de sus obligaciones tributarias.
- Copia certificada del acta de asamblea que autorice efectuar y tramitar la solicitud correspondiente.
- Certificado de no antecedentes penales expedido por la Prouraduria General de la República, de los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad.
- Recibe, analiza y determina si el expediente cumple con los documentos legales requeridos.
- Emite aprobación vía sistema VUCERD.
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Recibe a través de sistema VUCERD, el oficio emitido por la Autoridad Portuaria Dominicana, contentivo del acta de aprobación del Consejo Administrativo y del expediente de solicitud de licencia de manera electrónico, con los requisitos correspondientes:
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*Encargado(a)/Abogados/Abogado-Ministerio de Hacienda:
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Recibe, analiza y determina si el expediente cumple con los documentos legales requeridos.
- Recibe, analiza y determina si el expediente cumple con los documentos legales requeridos.
- Si cumple con los documentos legales requeridos, prepara internamente la resolución a la firma del ministro que otorga la licencia para operar como Agente Consignatario de Buques.
- Se elabora un oficio de remisión de la resolución será enviada a la Tesorería Nacional para su conocimiento.
- Valida si hay errores o comentarios y realizan las correcciones de lugar.
- Realiza aprobación en sistema VUCERD, para la validación de la Dirección Jurídica.
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Recibe, analiza y determina si el expediente cumple con los documentos legales requeridos.
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Director(a) Jurídica Ministerio de Hacienda:
- Valida la resolución y el oficio de remisión.
- Tramita en sistema interno la firma del Ministro.
- Ajunta en sistema la resolución firmada y el oficio de remisión de la Licencia para operar como Agente Consignatario de Buques por el Ministro de Hacienda y realiza aprobación en sistema.
Nota: Finaliza solicitud via sistema.
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Encargado(a) Sección de Registro/Sección de Registro Dirección General de Aduanas:
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Valida los documentos adjuntos a la solicitud de licencia de Agente Consignatario de Buques.
- Nota: Si cumple con toda la documentación procede a realizar el registro de la Agencia en el sistema interno de la DGA.
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Valida los documentos adjuntos a la solicitud de licencia de Agente Consignatario de Buques.

Horarios:
- Lunes - Viernes 8:00AM - 4:00PM

Costos:
- Pago de RD$2,000.00 en un cheque certificado para cubrir gastos administrativos. Este pago se realiza en APORDOM.
- Pago de RD$14,000.00 dirigido a Ministerio de Hacienda. Este pago se realiza en Hacienda.
Mas información
A quien va dirigido: Empresas Navieras.
Unidad responsable del Serrvicio:
- Empresas Navieras (STTE).
- Encargado(a) Legal/Director(a) Jurídica APORDOM.
- Director(a) Ejecutivo APORDOM.
- Ministerio de Hacienda (Dirección Jurídica/Encargado(a) / Abogados.)
- Encargado de Sección de Registro / Sección de Registro. Direccion General de Aduana. Consulta.
Personal responsable: Consejo Administrativo.
Base legal del servicio: Resolución No. 47-96.
Tiempo de entrega del servicio: 90 días (inicialmente en VUCERD).
Contactos:
- Tel: 809-373-1308 ext. 3003
- Correo: dlogistica@portuaria.gob.do
Canales de prestación:
- Presencial (Documento).
- Electrónica (Información).
- Telefónica (Información).
Información adicional: La duración del proceso dependerá de que la empresa tenga todos los documentos completos y actualizados según requisitos.
El sistema Protuario Nacional esta conformado por 12 recintos portuarios principales, de los cuáles seis están bajo administración y operación directa del Estado.









